El grupo de gobierno en el Ayuntamiento de Guía llevará al pleno ordinario que se celebrará el próximo lunes, 24 de noviembre, a las 20:00 horas, la propuesta de modificación, a la baja, de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios urbanísticos, otorgamiento de licencias y tramitación de los instrumentos de planeamiento y gestión.
El artículo 5 de la propuesta recoge las siguientes tarifas:
1.- EDIFICIOS DE VIVIENDAS (RESIDENCIAL):
1.1.- Unifamiliar entre medianeras o aislada: El 0,90% del presupuesto de ejecución material de la obra con un mínimo de 9 euros por metro cuadrado construido
1.2.- Plurifamiliar entre medianeras o aislada: El 1,35% del presupuesto de ejecución material de la obra con un mínimo de 10,5 euros por metro cuadrado construido.
1.3.- Viviendas de autoconstrucción (V.P.N.S.) y viviendas de protección oficial de promoción pública: el 0,16% del presupuesto de ejecución material de la obra, con un mínimo de 1,00 euros por metro cuadrado construido.
2.- EDIFICIO DE USO COMERCIAL EXCLUSIVO: (Entre medianeras o aislado) El 1,13% del Presupuesto de ejecución material del mismo con un mínimo de 10 euros por metro cuadrado construido.
3.- EDIFICIO CON USO DE OFICINAS EXCLUSIVO: (Entre medianeras o aislado) El 1,13% del Presupuesto de ejecución material del mismo con un mínimo de 9 euros por metro cuadrado construido.
4.- EDIFICIO CON USO DE GARAJES Y APARCAMIENTO EXCLUSIVO: (Entre medianeras o aislado) El 1,13% del Presupuesto de ejecución material del mismo con un mínimo de 6 euros por metro cuadrado construido.
5.- EDIFICIO DE CARÁCTER INDUSTRIAL: (Entre medianeras o aislado) El 1,13% del Presupuesto de ejecución material del mismo con un mínimo de 5,5 euros por metro cuadrado construido.
6.- EDIFICIO DE USO O INTERÉS SOCIAL, ASISTENCIAL, CULTURAL, RELIGIOSO, DOCENTE Y DEPORTIVO: (Entre medianeras o aislado) El 0,90% del Presupuesto de ejecución material del mismo con un mínimo de 6 euros por metro cuadrado construido.
7.- OBRAS DE REFORMA O REHABILITACIÓN INTERIOR:
7.1.- Actuaciones en Suelo Urbano:
7.1.a).- OBRAS MENORES: El 4,50% del Presupuesto de ejecución material del mismo con un mínimo de 100 euros.
7.1.b).- OBRAS MAYORES: El 5,40% del Presupuesto de ejecución material del mismo con un mínimo de 200 euros.
7.2.- Actuaciones en Suelo Rústico:
7.2.a)- OBRAS MENORES: El 0,45% del Presupuesto de ejecución material del mismo con un mínimo de 100 euros.
7.2.b)- OBRAS MAYORES: El 0,90% del Presupuesto de ejecución material del mismo con un mínimo de 200 euros.
8.- OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO EN FACHADAS:
8.1.- APERTURA DE HUECOS, COLOCACIÓN O SUSTITUCIÓN DE REJAS, BARANDAS O CIERRES: El 6,30% del Presupuesto de ejecución material del mismo con un mínimo de 20 euros por unidad.
8.2.-REVESTIMIENTOS EN GENERAL (PINTURA, MORTEROS, APLACADOS,...): El 6,30% del Presupuesto de ejecución material del mismo con un mínimo de 1 euros por m2 de superficie.
9.- OBRAS DE DEMOLICIÓN: El 7,20% del Presupuesto de ejecución material del mismo con un mínimo de 150 euros.
10.- OBRAS DE URBANIZACIÓN EN INTERIOR DE PARCELA: El 1,35% del Presupuesto de ejecución material del mismo con un mínimo de 0,75 euros por m2 de superficie.
11.- VALLADOS: 0,45 euros por metro lineal con un mínimo de 60 euros.
12.- EXTRACCIONES DE ÁRIDOS: 1,08 euros por metro cúbico de extracción.
13.- MOVIMIENTOS DE TIERRAS O ACONDICIONAMIENTO DE TERRENOS: 0,23 euros por m2 de superficie afectada.
Este expediente se someterá a información pública mediante edicto en el Tablón de Anuncios y BOP durante el plazo de 30 días para la presentación de reclamaciones y alegaciones.
La aprobación definitiva por el Pleno resolviendo las reclamaciones presentadas y la redacción definitiva del Reglamento, en su caso, entrando en vigor desde el momento de su publicación íntegra en el BOP.